Una de las novedades de la nueva Ley Hipotecaria que entró en vigor en junio de 2019 pretende facilitar el cambio de hipoteca de banco y dejar la decisión final en manos del cliente.
Anteriormente, si el cliente quería cambiar su hipoteca de banco para buscar una oferta más favorable debía solicitarla en el otro banco y luego éste le comunicaba al banco inicial la propuesta que tenía para su cliente. Si el banco inicial decidía igualar la oferta en un proceso inferior a 15 días, el cliente no tenía más remedio que quedarse con su banco.
Ahora, cuando el consumidor haya aceptado la oferta de una nueva entidad, esta se lo notificará a su banco actual, que tendrá siete días naturales para certificarle el importe que se va a subrogar. Una vez comunicada esta información, el banco del que todavía es cliente el consumidor tendrá 15 días naturales para presentarle una contraoferta, pero si este no la acepta, pasado ese tiempo se procederá a realizar la subrogación.
La comisión de subrogación. El banco solo nos la puede cobrar si se recoge en el contrato. En caso de tenerla, su importe dependerá del momento en el que firmamos la hipoteca, pues su valor máximo ha ido cambiando:
Con la llegada de la nueva ley hipotecaria, empezará a tener un tope: un 0,15% durante los tres primeros años de vida de la hipoteca. A partir del cuarto año, las entidades no podrán cobrar nada por esta operación.
Otra opción para cambiar la hipoteca actual es la novación, que es un cambio en el contrato de la hipoteca que ya tiene el consumidor.
La comisión por novación: Con la llegada de la nueva ley hipotecaria, empezará a tener un tope: un 0,15% durante los tres primeros años de vida de la hipoteca. A partir del cuarto año, las entidades no podrán cobrar nada por esta operación.
Consejos para cambiar de hipoteca:
Si te quedan menos de 10 años de hipoteca es recomendable quedarse con la hipoteca variable
Si estás dudando entre novación o subrogación tantea primero la novación, ya que te vas a ahorrar la tasación (mientras que en una subrogación hay que volver a hacerla)
Los cambios en la Ley en materia de subrogación y novación aplican con retroactividad a las hipotecas contratadas antes de su entrada en vigor.
La hipoteca es un derecho que vincula la propiedad de un bien para garantizar el cumplimiento de una obligación. Al solicitar un préstamo a un banco, es posible que el banco pida como requisito constituir una hipoteca. Hablamos entonces de préstamo hipotecario, denominado coloquialmente como “hipoteca”. Lo más común es pedir una préstamo hipotecario para financiar la compra de una vivienda, vinculando como garantía el propio inmueble.
El prestatario (quien recibe el dinero) se compromete, mediante la firma de un contrato, a devolver la cantidad prestada más el importe correspondiente a los intereses, en cuotas mensuales y durante un plazo de tiempo determinado. En cualquier préstamo hipotecario existe la garantía de los prestatarios y la garantía del inmueble, es decir, que si no se atienden los pagos de la deuda, la entidad de crédito podrá ejecutar la vivienda.
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